jueves, 30 de junio de 2016

INFORME: TALLER DE PEDAGOGIA DE PAZ CARCEL EL BUEN PASTOR DE BOGOTÁ

Nos permitimos dar a conocer a la opinión pública nacional e internacional, a las ONG de DDHH y a los plenipotenciarios de los diálogos de la Habana –Cuba de las Farc- Ep y el Gobierno Nacional del Dr. JUAN MANUEL SANTOS CALDERON el taller de pedagogía de paz que se desarrollo el pasado viernes 24 de junio de 2016 en la Cárcel el Buen Pastor de Bogotá con las prisioneras políticas del patio sexto.

Una comisión interdisciplinaria desde tempranas horas de la mañana visito el establecimiento el Buen Pastor y junto con un grupo de cerca de 50 prisioneras políticas realizo el primer taller de pedagogía de paz, inicialmente se hizo una introducción por parte de la Socióloga LILIANY OBANDO, de la Red Internacional de Solidaridad con las prisioneras y prisioneros políticos, sobre la agenda de la Habana y los puntos que se han desarrollado como el de política de desarrollo agrario integral, participación política, solución al problema de drogas ilícitas, fin del conflicto y especialmente se hizo énfasis en el acuerdo sobre víctimas del conflicto “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición”, incluyendo la Jurisdicción Especial para la Paz y compromiso sobre los derechos humanos.

Seguidamente, se hizo una presentación por parte de cada uno de los miembros de la comisión interdisciplinaria y se procedió a entrar en materia sobre la Jurisdicción Especial para la Paz con la utilización de la Cartilla Para Prisioneras y Prisioneros Políticos amnistías e indultos.
El Dr. ULDARICO FLÓREZ PEÑA presidente de la BRIGADA JURIDICA EDUARDO UMAÑA MENDOZA empezó su participación haciendo un relato histórico sobre las amnistías e indultos que se han efectuado a lo largo de nuestra vida republicana explicando cómo los gobiernos liberales y conservadores en sus guerras civiles que han desarrollado y luego de finalizadas ha expedido más de 200 leyes de amnistías e indultos y luego entro en materia en lo que es la Jurisdicción especial de Paz contendida en el comunicado conjunto No 64 del 15 de diciembre del 2015 firmado en la Habana Cuba por el Presidente de la República JUAN MANUEL SANTOS y el comandante de las FARC EP TIMOLEON JIMENEZ .

Se explico a las talleristas para que se creó la Jurisdicción Especial de Paz, cuáles son sus objetivos, cuales son los principios básicos, hasta dónde va la competencia, como funciona y qué es el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, cuales son los componentes del SIVJRNR, que significa que será integral, a quien se aplica el sistema integral, como se garantiza la integralidad de la respuesta a las víctimas; que es la Jurisdicción especial para la Paz, cuales son los objetivos de la JEP, cómo se aplica se aplica la JEP?; luego se hizo especial énfasis en la integración de los Magistrados que la compondrán, el procedimiento para su elección, la composición del tribunal para la Paz y sus secciones, ahondando en la sala de amnistías e indultos que llamo profundamente la atención de las talleristas con una lluvia de preguntas e inquietudes sobre su situaciones personales y colectivas, finalmente sobre esta parte , también se explicó sobre las sala de definición se situaciones jurídicas , la Secretaria Ejecutiva y las garantías de neutralidad, imparcialidad y transparencia del tribunal para la Paz .

Continuando con el tema del Tribunal se explicó sus funciones, y a quienes se aplicará la Jurisdicción Especial para la Paz, aclarando situaciones de que dicha Jurisdicción no se aplicará a los paramilitares desmovilizados, pero sí a los agentes del Estado que hayan cometido delitos en el contexto y en razón del conflicto y a los terceros que voluntariamente quieran rendir su versión sobre los hechos, en todo caso la JEP, solo podrá obligar a comparecer a quienes hayan tenido una participación determinante en la comisión de las conductas más graves y representativas.

Se aclaro también que la JEP es un mecanismo excepcional y de carácter transicional que no podrá tener vocación de permanencia y deberá actuar de forma ágil y eficaz y que la JEP únicamente tiene competencia para investigar los delitos en el contexto y razón del conflicto armado interior. En ningún caso podrá juzgar delitos cometidos con posterioridad a la firma del acuerdo final. Se aclaro cuales son los delitos que se van a amnistiar e indultar , las sanciones que impondrá el tribunal, propias, alternativas y ordinarias; el reconocimiento de la verdad colectiva por las FARC EP y lo que tiene que ver con la comisión de la Verdad como un órgano extrajudicial para esclarecer patrones de violencia y contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido promover y contribuir al reconocimiento de las víctimas y la convivencia en los territorios mediante un ambiente de dialogo y de espacios para oír diferentes voces.
Finalmente, se compartieron varios videos que sirvieron como herramientas pedagógicas para aclarar dudas , interrogantes y profundizar en los temas abordados.

Agradecemos el apoyo del Representante a la Cámara Dr. Víctor Correa y su equipo de la UTL, así como a la Comisión de Solidaridad del Partido Comunista con los Presos Políticos, al observatorio de DDHH Rafael Uribe Uribe, al Semanario Voz quien a través de la periodista Renata cubrió dicho evento, a María Cepeda Castro del Trabajo Internacional y Pax Colombia por su acompañamiento en la actividad de Pedagogía de Paz.

WLDARICO FLOREZ –PEÑA
Presidente.
Junio 26 de 2016.
AÑO D ELA AMNISTIA E INDULTO

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